REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil nueve
198º y 150º

ASUNTO: KP02-S-2009-002292

Los ciudadanos OSCAR ALFREDO REYEZ ZAMBRANO y YELITZA MORAIMA REYES ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-7.465.537 y V.-7.318.032, ambos de este domicilio, presentaron escrito donde solicitaron RECTIFICACION DE SUS PARTIDAS DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario omitieron el primer nombre de su madre el cual es: “REINA”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dichas PARTIDAS DE NACIMIENTO, de los ciudadanos OSCAR ALFREDO REYEZ ZAMBRANO y YELITZA MORAIMA REYES ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-7.465.537 y V.-7.318.032, ambos de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre como: “REINA MARGOTH ZAMBRANO DE REYES”.- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en las siguientes Partidas de Nacimiento: 1) La primera signada bajo el Nº 4561, folios 248vto, de fecha 03 de Octubre del año 1962. 2) La segunda signada bajo el Nº 1904, folio 78fte, del año 1961. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Quince (15) días del mes de Abril de Dos Mil Nueve. Años. 198º y 150º.-

El Juez., La Secretaria.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.

Publicada a la fecha.
HRPB/LAAE/jysp.-