En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente explanadas, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículos 75 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 26 y 394 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR, la Colocación Familiar en Familia Sustituta, realizada por la ciudadana Bruna Noemí Chávez Colmenárez, en beneficio del niño Carlos Alberto, de ocho (08) años de edad, que será cumplida en familia sustituta, específicamente en el hogar de la ciudadana Bruna Noemí Chávez Colmenárez, ubicado en la calle 10 con carrera 24, casa sin número de Quibor, Municipio Jiménez del Estado Lara, en consecuencia se le otorgan los atributos de la responsabilidad de crianza y con ellos la facultad de poder representarlo en cualquier escenario en que sea necesario hacerlo.
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