REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEGUNDO DE EJECUCUÓN DEL ESTADO LARA

Barquisimeto, 17 de Abril de 2009
Años: 197º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2002-001549

FUNDAMENTACIÓN SENTENCIA INTERLOCUTORIA


Esta juzgadora se ABOCA, al conocimiento de la presente causa, que conforman el presente asunto que se le siguió al penado HECTOR ALEJANDRO VILLEGA ROA, titular de la cédula de Identidad Nº 15.960.409, quien cumplía condena de CINCO AÑOS (05) de presidio, por la comisión de los delitos de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PÚBLICO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 358 en su tercer aparte en concordancia con el artículo 80 en su segundo aparte, y 278 todos del Código Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos, y visto como ha sido el auto de ejecución del computo que riela en los folios (87, 88, y 89) de la cuarta pieza de fecha 08 de Agosto de 2008, de cuyo contenido se infiere que la pena corporal impuesta se extingue el 08 de Abril de 2009, es por lo que SE ORDENO CON CARACTER DE URGENCIA, se emitieran las correspondientes BOLETAS DE EXCARCELACIÓN, por lo que se oficio, y se tramito lo conducente por ante la Dirección del Penal, a los fines que se hiciera efectiva la libertad. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 105 del Código Penal.
Regístrese. Publíquese. Notifíquese. Cúmplase.

JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN


MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ



SECRETARIA



En este esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos

SECRETARIA