REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO : KP02-S-2008-007144

“Vistos”.
Se inicia la presente causa, mediante escrito presentado por el ciudadano ENRIQUE JOSE SOTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.535.701, asistido por la abogada DEISY ROJAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 119.341; en el cual solicita la rectificación de su partida de nacimiento, inserta en los libros llevados por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 1013, folio 209 fte.. del año 1.952; toda vez que en la misma se incurrió en el error de asentar el segundo nombre de su madre como ERMILDA, siendo el verdadero “EMILIA”. A tal efecto, acompaña a la solicitud, copia certificada de la partida de nacimiento en cuestión. Admitida la solicitud, se acordó proceder sumariamente, previa notificación del Fiscal del Ministerio Público, y requerir de la ONI-DEX los datos filiatorios de la progenitora del solicitante. Cumplidos los requisitos de ley, para decidir el Tribunal observa: --------------------------------------
U N I C O: Con vista de los documentos públicos acompañados, a los cuales el Tribunal confiere pleno valor probatorio, a tenor de lo previsto en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil Venezolano vigente; y en base a la certificación de datos filiatorios de la madre del solicitante, ciudadana MARIA EMILIA SOTO (F. 13), se evidencia plenamente el error señalado en la solicitud, en el sentido de que el segundo nombre correcto de su progenitora es “EMILIA”; por lo que considera quien juzga que la solicitud debe prosperar y así se decide. Por consiguiente este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO y ORDENA al Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan insertar la correspondiente nota marginal en la partida de nacimiento N° 1013, folio 209 fte. del año 1.952. Ofíciese lo conducente a los mencionados organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veintiseis días del mes de septiembre del año dos mil ocho. Años: 198° y 149°.
El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,


Abg. Roger José Adán Cordero

Seguidamente se publicó. Se dejó copia.
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El suscrito Secretario Accidental del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara. CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original que la contiene, Sentencia que cursa en el Expediente N° KP02-S-2008-7144, y se expide en Barquisimeto a los veintiséis días del mes de septiembre del año Dos Mil Ocho. Años: 198° y 149°.-

El Secretario,

Abg. Roger José Adán Cordero

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 26 de septiembre del año 2.008
Años: 198° y 149°

ASUNTO : KP02-S-2008-007144

Oficio N° 1864

Ciudadano:
Jefe Civil de la Parroquia Catedral
Municipio Iribarren del Estado Lara
Su Despacho.-


Adjunto al presente oficio remito a Ud., copia certificada de la Sentencia dictada con motivo de la solicitud de Rectificación de Partida, interpuesta por ENRIQUE JOSE SOTO, a los fines de que se sirva estampar la correspondiente Nota Marginal, en el acta de nacimiento N° 1013, folio 209 fte. del año 1.952 .


Dios y Federación


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Juez






Anexo lo indicado
OERL/luzmcs




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto, 26 de septiembre del año 2.008
Años: 198° y 149°

ASUNTO : KP02-S-2008-007144

Oficio N° 1865

Ciudadano:
Registrador Principal del Estado Lara
Su Despacho.-


Adjunto al presente oficio remito a Ud., copia certificada de la Sentencia dictada con motivo de la solicitud de Rectificación de Partida, interpuesta por ENRIQUE JOSE SOTO, a los fines de que se sirva estampar la correspondiente Nota Marginal, en el acta de nacimiento N° 1013, folio 209 fte. del año 1.952 .


Dios y Federación


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
Juez








Anexo lo indicado
OERL/luzmcs

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL


JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA



ASUNTO N° KP02-S-2008-007144




SOLICITANTE: ENRIQUE JOSE SOTO



MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA



SENTENCIA DEFINITIVA



26/09/2008



Abg.OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ