REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-010809

Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSÉ RONALDO MAGALHAES MOURA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 84.280.649 y de este domicilio, debidamente asistida de Abogado donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el sector conocido como Barrio Las Tinajas de la Parroquia Juan de Villegas del Municipio Palavecino del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie aproximada de cuatrocientos quince con treinta y cinco metros cuadrados (415,35 mts.2) alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ocupados por Segundo Marchan Carrera 17 de Las Tinajitas; SUR: Calle 32 del sector; ESTE: Carrera 12. terrenos ocupados por Eladia Pineda OESTE: Terrenos ocupados por Segundo Marchan y Mariluz Aponte. Dichas bienhechurías constan de. El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.80.000.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos EDGAR PARRA Y FRANCISCA PEREZ , antes identificados éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor del ciudadano JOSÉ RONALDO MAGALHAES MOURA, ya identificado, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

La Juez


MARILUZ JOSEFINA PÉREZ

La Secretaria

Eliana Hernandez Silva.




MJP/merysa