REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2007-008462


Vista la solicitud presentada por la ciudadana IRMA ROSA TORREALBA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.449.271, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propia con dinero de su propio peculio, ubicadas en Hato viejo, via Rió Claro, Parroquia Juárez, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejidos, con una superficie de Veinte Hectáreas ( 20 Has), alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con Jairo Pereira ; SUR: Con Freddy Mogollón; ESTE: Con la carretera hato viejo que es su frente y OESTE: Con Gerardo Medina. Dichas bienhechurías consta de una casa de habitación, con paredes de zinc y piso de tierra, consta de una pieza, cercada con alambre de púas sobre estantillo de madera. El valor invertido es la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 4.000.000,00) equivalentes (Bs. F. 4.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: Elide Vásquez y Ezequiel Olmos, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana IRMA ROSA TORREALBA PEREZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-


La Juez,

Mariluz Josefina Pérez


La Secretaria


Eliana Hernández Silva


MJP/José