REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciseis de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-011024
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JOHANNA JHOACCELIS CASTRO COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 14.094.258, debidamente asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio Rafael Linarez sector 19 de Abril, parte alta, casa 26, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (351,00 Mts.2); alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con vivienda propiedad de Pedro León; SUR: Con vivienda propiedad de Hilda Rodríguez; ESTE: Con calle 19 de Abril que es su frente y ; OESTE: Con callejón con dos salidas. Dichas bienhechurías están constituidas por un rancho de zinc y acerolit, con cerca perimetral de alambres de púa, piso de tierra. El valor invertido es la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 8.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos PEDRO BRICEÑO y MARY ARMAS, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana JOHANNA JHOACCELIS CASTRO COLMENAREZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mildred
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