REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 16 de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-M-2007-000348

Visto el Desistimiento de la Acción y del Procedimiento, de fecha 04/08/2.008, suscrito por el abogado AARON SOTO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 23.422, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, en el presente juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por el ciudadano CIRED NAKARID MÁRQUEZ MORA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.772.681, de este domicilio, a través de su Apoderado Judicial, abogado Aarón Soto, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 23.422, contra los ciudadanos RAFAEL RAMÓN RIERA RODRIGUEZ, MANUEL JESÚS CARUCI QUERALES, HENRY SUÁREZ GONZÁLEZ y ADOLFO JOSÉ GUERRERO DUQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.304.872, 7.577.131, 5.248.940 y 4.352.949, respectivamente, en sus condiciones de miembros de la Junta Directiva de la Sociedad Mercantil INVERSORA MATIZ, C.A., firma inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Lara, en 16/03/2.001, bajo el N° 40, Tomo 10-A y de la sociedad Mercantil INVERSORA CANEY, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara, en fecha 31/01/1.991, bajo el N° 14, Tomo 5-A, de este domicilio; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN, y así se establece. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los (16) días del mes de Septiembre del año dos mil ocho (2.008). Años 198° y 149°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria

ELIANA HERNANDEZ SILVA

MJP/dmg