REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-005032

El ciudadano RAFAEL DARIO COLMENAREZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.987.497, con domicilio en esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su madre como: “CARMEN DOLORES”, siendo su nombre correcto: “DOLORES DEL CARMEN”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, del ciudadano RAFAEL DARIO COLMENAREZ ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.987.497, con domicilio en esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre como: “DOLORES DEL CARMEN”.- En consecuencia, se ordena a la Alcaldía del Municipio catedral, Distrito Iribarren del Estado Lara, hoy Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 3273, 102vto, de fecha 25-10-1697. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Dieciocho (18) días del mes de Septiembre de dos mil Ocho. Años. 198º y 149º.-

El Juez., La Secretaria.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.
Publicada a la fecha.
HRPB/LAAE/jysp.-