REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de septiembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-011671
Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por la Fiscal Encargada Décimo Cuarta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos MARIA MARBELLA PERDOMO LINAREZ Y JORGE LUIS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.426.383 Y V-7.313.499 respectivamente, y de este domicilio respectivamente, relacionado con el Régimen de Convivencia Familiar en beneficio de la niña MARIA FERNANDA, este Tribunal le da entrada y la admite en cuanto ha lugar a derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, en donde llegaron al acuerdo siguiente:
PRIMERO: El padre compartirá con sus hijas todos los fines de semana, desde el día sábado a las 08 a.m., hasta el día domingo a las 05 p.m.
SEGUNDO: En las vacaciones escolares, decembrinas, carnaval, y semana santa, lo compartirán de mutuo acuerdo.
TERCERO: El día del padre, la niña permanecerá con él; y el día de la madre, la niña estará con la madre.
CUARTO: Para la ejecución del presente Régimen de Convivencia Familiar, el padre buscará y retornará a la niña del hogar materno.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio entre MARIA MARBELLA PERDOMO LINAREZ Y JORGE LUIS CASTILLO, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de la beneficiaria.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los (29) días del mes de Septiembre de dos mil ocho (2008) . Años: 198° y 149°.
LA JUEZ DE JUICIO Nº 2
Abg. Lisbeth G. Leal Agüero
La Secretaria
ASUNTO: KP02-S-2008-011671
Eglis.-
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