ASUNTO: KP02-S-2008-011668
Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el Fiscal Encargado Décimo Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos YUDITH COLMENAREZ GONZALEZ Y DAMASO ANTONIO LOPEZ CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 10.840.409 Y V-10.727.415 respectivamente, y de este domicilio respectivamente, relacionado con el Régimen de Convivencia Familiar en beneficio del niño ANGEL GABRIEL, este Tribunal le da entrada y la admite en cuanto ha lugar a derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, en donde llegaron al acuerdo siguiente:

PRIMERO: El padre buscará a su hijo por el hogar materno dos fines de semana al mes de manera alternada, en el horario comprendido desde el día viernes a las 04 p.m. hasta el día domingo a las 06 p.m. que debe regresarlo al hogar de la madre.
SEGUNDO: Los días festivos, semana santa, carnaval, día del padre, 24 y 31 de diciembre, se realizará de manera alternada por ambos padres.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio entre YUDITH COLMENAREZ GONZALEZ Y DAMASO ANTONIO LOPEZ CORTEZ y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades del beneficiario.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los (24) días del mes de Septiembre de dos mil ocho (2008) . Años: 198° y 149°.
La Juez de Juicio Nº 1

La Secretaria.
Abg. Holanda Emilia Dam Hurtado

Eglis.-