REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 15 de octubre del 2008
Años: 198° y 149°

ACTA

ASUNTO: KP02-S-2007-018053

PARTE ACTORA: GERARDO JOSÉ CHIRINOS MELÉNDEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 7.301.156.

PARTE DEMANDADA: SIDERÚRGICA DEL TURBIO, S.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: SIMÓN BRAVO VASQUEZ. IPSA Nro. 62.965.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 15 de octubre de 2008 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijados para que tenga lugar la instalación de la AUDIENCIA PRELIMINAR, anunciada como fue la misma por el Alguacil respectivo compareció la parte demandada SIDERÚRGICA DEL TURBIO, S.A. representada por el Abogado SIMÓN BRAVO VASQUEZ IPSA Nro. 62.965, cuya cualidad demuestra con instrumento poder en original presentado a los efectos videndi. El Tribunal deja constancia que la parte demandante GERARDO JOSÉ CHIRINOS MELÉNDEZ, no hizo acto de presencia ni por sí, ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 149 ° y 198 °.

La Jueza,



Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre


La parte presente,

La Secretaria
Abg. Jennys Lucia Nieto Sánchez