REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2006-000644
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)
PARTE DEMANDANTE: MARIA ISABEL MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.175.434
PARTE DEMANDADA: TALLER ARTESANAL RETABILLO
REPRESENTANTE LEGAL: OMAIRA GUTIERREZ
ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO REYES y CARLOS ACEVEDO, inscritos en el IPSA números 108.803 y 78.974
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 01 de Octubre de de 2008 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, compareciendo solo la parte demandada ciudadana OMAIRA GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° 4.760.612, asistida en este acto por los abogados ALFREDO REYES y CARLOS ACEVEDO, según la información suministrada por el Alguacil HECTOR LUCENA, encargado de anunciar la correspondiente audiencia, vista la incomparecencia de la parte demandante y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA
LA SECRETARIA
ABG. JOSELYN CARDENAS
LA PARTE DEMANDADA
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