Visto el Convenimiento que cursa en el folio Diecinueve (19), de fecha 07 de Octubre del año 2.008, suscrito entre los ciudadanos: CARLIBETH COROMOTO ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V –16.735.117 y CARLOS EDUARDO GOMEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 15.579.610, en el expediente N°: OM – 829-07, que por Motivo de Obligación de Manutención, cursa por ante este Tribunal. Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. NO SE ARCHIVA.

El Juez Temporal

Dr. Ramón Álvarez Suárez.
La Secretaria

Dra. Yosglide Duín León


EXPEDIENTE N°: 829-07
SOLICITANTE: CARLIBETH COROMOTO ALVARADO
OBLIGADO: CARLOS EDUARDO GOMEZ GONZALEZ
BENEFICIARIO: ISCARLIS ALEJANDRA Y FRANCARLIS CAROLINA GOMEZ ALVARADO
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION