REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara- Carora
Carora, veinticuatro de octubre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KH11-S-2008-000148
Vista la solicitud presentada por la ciudadana FRANCISCA ZORAIDA ROJAS DE BRACHO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro 2.379.645, de éste domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio JAVIER JOSE MONTES DE OCA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 70.227, del mismo domicilio, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en cinco (5) viviendas tipo complejo habitacional, identificadas cada una de ellas con los números; veintiocho (28), veintinueve (29), treinta (30), treinta y uno (31) y treinta y dos (32), la cual poseen las siguientes características, estructura de construcción de concreto, paredes de bloques de concreto, friso liso, pintura de caucho, estructura del techo de hierro cubierta de machinbrado, pisos de cerámica, instalaciones sanitarias baño completo, ventanas de hierro y madera acabada, puertas de hierro, accesorios; rejas puertas en puertas y ventanas, instalaciones eléctricas internas; compuestas cada una por; tres (03) habitaciones, dos (02) baños, una (01) sala, una (01) cocina y un (01) comedor, fomentadas sobre un lote de terreno Propio, el cual le pertenece por haberlo adquirido según documento debidamente registrado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Torres del Estado Lara, el cual quedo anotado bajo el Nº 19,tomo 01, folios01 frte y vto, protocolo primero, cuarto trimestre de fecha 19 de octubre de 1998, ubicadas en Carrera 02-D Mexico, entre Calles Lisboa y Maracaibo de la Urbanización San Agustín (complejo habitacional), Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara; que tiene una superficie global de NOVECIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (971,44 Mts.2) y un área de construcción de TRESCIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS CENTIMETROS CUADRADOS (380,00 Mts.2.); cuyos linderos son: NORTE: Parcela Nº 121-05-05; SUR: Parcela 121-05-03; ESTE: Parcela Nº 121-05-15; y OESTE: Carrera 02-D México (frente); en las cuales invirtió la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 600,000,oo), en mano de obra y materiales de construcción. Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos RENNY ANTONIO SUAREZ SUAREZ Y HENRY GREGORIO PAEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs 14.003.182 y 11.700.218 respectivamente, ambas domiciliadas en el Municipio Torres. Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas que ejerce la ciudadana FRANCISCA ZORAIDA ROJAS DE BRACHO, antes identificada. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del 01 de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales al solicitante.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 24 de Octubre de 2.008. Años: 198º y 149º.-
El Juez Temporal,
Abg. BENERANDO RODRIGUEZ PIÑERO
El Secretario Titular,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
En esta misma fecha se registró bajo el N° 486-2008, se publicó siendo las 12:10 p.m. y se expidió copia certificada para archivo.
El Secretario Titular,
Abg. JOSE FERNANDO CAMACARO TOVAR
|