REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2008-000485

El ciudadano OSCAR VICENTE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, manifestando no poseer cédula de identidad, razón por la cual presento como testigo a ruegos a los ciudadanos ENRIQUE PASTOR AMARO GOMEZ y GABRIEL ANTONIO MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-3.324.075 y V-9.572.086, respectivamente y de este domicilio, solicito la INSERCIÒN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, quien nació el Dos (02) de Junio de Mil Novecientos Setenta y Cuatro, en el Hospital Central Antonio Maria Pineda de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara. La solicitud se admitió en cuanto a lugar en derecho, acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y publicar edicto en el diario El Informador, a fin de que cualquier persona interesada en impugnar la presente solicitud concurra a este Tribunal el décimo día de despacho siguiente a la publicación del mismo.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con vista de los documentos públicos consignados tal como las constancias que no aparece del Jefe Civil de las Parroquias Catedral, Concepción, Santa Rosa, Unión, Municipios Autónomos Iribarren del Estado Lara, Resumen Clínico del Hospital Central Antonio Maria Pineda, copia fotostática de la Cédula de Identidad de la Madre, y el edicto publicado en fecha 27-06-2008, queda comprobado que el ciudadano OSCAR VICENTE ALVAREZ, no tiene partida de nacimiento, es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA la INSERCIÒN DE PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano OSCAR VICENTE ALVAREZ, y ordena al Jefe Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, insertar la partida de nacimiento correspondiente. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Veintiocho del mes de Octubre de dos mil ocho. Años: 198° y 149°.
El Juez, La Secretaria,


Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.


HRPB/LAAE/lndem.-