REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de octubre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-013348


Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el Fiscal Encargado Décimo Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contentivo de acuerdo celebrado entre los ciudadanos MARIA GABRIELA CAMACARO RODRIGUEZ Y JOSE ALBERTO CADENAS RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.189.461 Y V-9.615.083 respectivamente, y de este domicilio respectivamente, relacionado con la Obligación de Manutención en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DEL NIÑO Y ADOLESCENTE, este Tribunal le da entrada y la admite en cuanto ha lugar a derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley, en donde llegaron al acuerdo siguiente:

PRIMERO: El padre aportará por concepto de obligación de Manutención en beneficio de su hija la cantidad de CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. F 100,°°) quincenales, los cuales depositará en una cuenta de ahorros en el Banco Provincial a nombre de la madre.

SEGUNDO: El padre cubrirá los gastos relativos a la asistencia médica, medicina, ropa, calzado, útiles y uniformes escolares.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio entre MARIA GABRIELA CAMACARO RODRIGUEZ Y JOSE ALBERTO CADENAS RIVAS y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de la beneficiaria.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los (14) días del mes de octubre de dos mil ocho (2008) . Años: 198° y 149°.

La Juez de Juicio Nº 2

Abg. Lisbeth Leal Agüero


La Secretaria.

Eglis.-

ASUNTO: KP02-S-2008-013348