REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Control Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 31 de Octubre de 2008

ASUNTO PRINCIPAL Nº: KP01-D-2007-0001832

SOBRESEIMIENTO POR MUERTE DEL IMPUTADO

Revisadas como han sido las presentes actuaciones y visto que reposa en el asunto Tarjeta de Mortalidad del adolescente quien en vida respondía al nombre de IDENTIDAD OMITIDAse considera oportuno decretar el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la Extinción de la Acción, de conformidad con lo establecido en el ordinal primero del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en los siguientes términos;

PRIMERO: Se inicio este procedimiento en virtud que en fecha de 17 de Diciembre de 2007 la fiscal Auxiliar 19 del Ministerio Público Abg. JUAN CARLOS SALIVIA, por actuaciones provenientes de los funcionarios adscritos a la Fuerzas Armadas Policiales presento al adolescente: , por considerarlo responsable de la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO previstos y sancionados en el artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente. En razón de que en fecha 17 de Diciembre de 2007, siendo aproximadamente las 11:50 horas de la noche, encontrándose en labores de patrullaje por la Av. 2 con calle 10 de la Urb. Carucieña se visualizo un vehiculo el cual presentaba las siguientes características marca Ford modelo FAIRMOD color marrón placa KAW-058 el cual fue reportado horas ante por parte del sistema 171. por lo que se dio la voz de alto donde los ciudadanos detienen el vehiculo por la calle 7 con Av. 2 de la Urb. La Carucieña. Acto seguido se procede a solicitarle a los ciudadanos que se bajaran del vehiculo para ser objeto de una inspección corporal para lo cual no se le incauto ningún objeto de interés criminalístico.
SEGUNDO: En fecha 18 de Diciembre de 2007, se celebró la audiencia de presentación, con la presencia de la Fiscal 19 del Ministerio Público Abg. CAROLINA SIERRA, la Defensora Pública Abg. ZONIA ALMARZA y el adolescente IDENTIDAD OMITIDA. El tribunal acordó medida cautelar establecidas en el articulo 582 literales B y C presentación cada 15 días y bajo en cuidado de sus representante legal.

TERCERO: En fecha31-10-2008, fue consignado ACTA DE DEFUNCION del Adolescente quien en vida respondía al nombre de IDENTIDAD OMITIDA, es por ello que estamos en presencia de una de las causas de extinción de la acción penal tal como lo prevé el Ordinal 1º del Articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, por el fallecimiento del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA y así se establece.

DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el Sobreseimiento Definitivo en virtud de la muerte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA siendo esta una causal de Extinción de la Acción penal de conformidad con lo establecido en el ordinal 1ero del articulo 48 del Código Orgánico Procesal en concordancia con el 318 ordinal 3 ejusdem Penal en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Es decir SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO POR MUERTE DEL IMPUTADO. Notifíquese a la victima. Estando esta decisión dentro del lapso de ley no se notifique de la fundamentacion. Regístrese y publíquese.

La Juez de Control Nº 1

Abg. FLORANGEL MONASTERIOS
La Secretaria de Sala,