REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES CUARTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
197 y 149
Barquisimeto, 06 de Octubre de 2008
KP01-P-2005-011302
FUNDAMENTACIÓN DE FINALIZACIÓN SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO
Corresponde a este Tribunal, pasar a fundamentar Cumplimiento de Suspensión Condicional del Proceso, en el presente Asunto KP01-P-2005-011302, contentivo del proceso seguido al probacionario KERVIN ALBERTO HERNÁNDEZ CADIZ, titular de la cedula de identidad 18.181.605, domiciliado en la calle 20 con carrera 15, casa N- 15-35. Por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la violencia Contra la Mujer y la Familia. Celebrándose Audiencia de Juicio Oral y Público en fecha 06 de Marzo de 2006, dándose el caso que el imputado KERVIN ALBERTO HERNÁNDEZ CADIZ, titular de la cedula de identidad 18.181.605 hace uso de una de las Medidas Alternativas en la Prosecución del Proceso, como lo es la Suspensión Condicional del Proceso, en donde se le impuso de conformidad con el artículo 44 ordinales 1, 2, 3 y 9. Siendo así las cosas este Tribunal recibe comunicación en fecha 13 de Marzo de 2007del Delegado de Prueba LUZ ESTELA PIÑERO, en donde manifiesta que el probacionario imputado KERVIN ALBERTO HERNÁNDEZ CADIZ, titular de la cedula de identidad 18.181.605 culmino con las condiciones impuestas por este Tribunal FAVORABLE, lo cual consta al folio (84). Por lo que considera este Tribunal que lo ajustado a derecho es Decretar el Sobreseimiento de la causa al ciudadano KERVIN ALBERTO HERNÁNDEZ CADIZ, titular de la cedula de identidad 18.181.605 por cumplimiento de las condiciones todo de conformidad con lo establecido en los artículo 318 Ordinal 3ero. En concordancia con el artículo 48 Ordinal 7 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas éste juzgado de Primera Instancia en Funciones Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal conforme al articulo 48 ordinal 7mo del Código Orgánico Procesal Penal, y por ende el sobreseimiento de la causa conforme al articulo 318 ordinal 3ero. Es todo. Regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL Nº 04
ABG. MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO