REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto; 27 de octubre de 2008
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2008-000645


PARTE ACTORA: DENNYS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro 18.057.853.

ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: LISBELSY GOMEZ DE PEÑA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 102.135.

PARTE DEMANDADA: CARTELA DEL ESTE, C.A.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy 27 de octubre de 2008, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que se hace el llamado correspondiente de las partes a las puertas de este Tribunal por el alguacil JEAN LEONARDO TUA, manifestando que ninguna de las partes comparecieron al acto. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°. Es todo.

La Juez

Abg. Eugenia Maria Espinoza Piñango
La Secretaria
Abg. Anniely Elías Corona