ASUNTO: FP02-S-2008-005512
RESOLUCION: PJ0212008000970
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto el Convenimiento realizado en fecha 16 de Septiembre de 2008, ante la Fiscalía Séptima en Materia de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, por los ciudadanos: EDGAR ORTEGA PRIETO y HEIDY OLIVARES MANAIRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 16.914.779 y 13.452.729 respectivamente, en representación de la adolescente y los niños (IDENTIDAD OMITIDA SEGÚN ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de diez (10) y cinco (05) años de edad. Se admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA, el convenimiento presentado, por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley, y ordena procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada formal, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase, remítase Copia Certificada de la decisión a la Fiscalía Séptima en Materia de Protección del Niño, del Adolescente y la Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y déjese constancia en el Libro Diario.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN N° 1
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
EL SECRETARIO DE SALA (ACC)
DR. HECTOR GREGORIO MARTINEZ JAIME.
Asistente
Lilibeth Amaral.
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