REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2008-141
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)
PARTE DEMANDANTE: XIOMARA CAROLINA HERICE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.112.248.343
PARTE DEMANDADA: KLEOS C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 03 de Noviembre de 2008, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadana XIOMARA CAROLINA HERICE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.112.248.343 no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, igualmente se deja constancia que no compareció la parte demandada KLEOS C.A, ni por medio de apoderado judicial ni representante legal alguno, según la información suministrada por el Alguacil JAVIER TORREALBA, encargado de anunciar la audiencia. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.


EL JUEZ

ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA


LA SECRETARIA

ABG. JOSELYN CARDENAS