REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2008-1564
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR (DESISTIMIENTO)
PARTE ACTORA: DOUGLAS JORDAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.9.521.783
PARTE DEMANDADA: CARPINTERIA RUBI C.A
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 17 de NOVIEMBRE de 2008, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora ciudadano DOUGLAS JORDAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.9.521.783, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil JOSE ANTONIO MARQUEZ, encargado de anunciar la audiencia. En este acto solo comparece la demandada CARPINTERIA RUBI C.A, representada en este acto por el Abg. HAROLD CONTRERAS. En razón de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ TOMÁS ÁLVAREZ MENDOZA
LA SECRETARIA
ABG. JOSELYN CARDENAS
EL ALGUACIL
JOSE ANTONIO MARQUEZ
LA PARTE DEMANDADA
|