Quibor, 24 de Noviembre del 2008.
198° y 149°

EXP. N° 1696
PARTES: NORELYS YUDITH MENDOZA, C.I. N° V- 11.584.904.
ELEAQUIN MARTINEZ, C.I. N° V-11.580.972.

BENEFICIARIO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

MOTIVO: JUICIO REVISION DE SENTENCIA POR MANUTENCION
Vista la CONCILIACION a la cual llegaron las partes en el presente juicio inserto a los folio Ciento Tres (103) suscrito por los Ciudadanos: NORELYS YUDITH MENDOZA Y ELEAQUIN MARTINEZ, Titulares de las Cédulas de Identidad N° V-11.584.904. Y 11.580.972, por cuanto tal actuación no es contraria al interés de: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, tomando en cuenta el Interés superior del Niño y del Adolescente, establecido en el articulo 8 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 y 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en consecuencia se ordena se tenga como Sentencia Firme. Se ordena agregar copia certificada del Convenimiento y de la presente Homologación. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. YUNIA ROSA GOMEZ DUARTE

LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en auto. (Conste)
LA SECRETARIA

ABOG. ANA MARIA AGUILERA