REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KH03-F-2002-000072
De conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil, el día 31-05-01, fue declarada la SEPARACION DE CUERPOS por mutuo consentimiento entre los ciudadanos: GUSTAVO JAVIER OLIVAR Y DALIA MARGARITA MENDEZ V., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.364.489 Y 9.496.194, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado Juan Pablo López, Inpreabogado No. 27.177. Se libró boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia Dra. Omaira de González, según consta al folio 09 del expediente. En fecha 05 de Noviembre del 2008 comparecieron ambos cónyuges solicitaron la conversión en divorcio de la Separación de Cuerpos.-
Llegada la oportunidad para decidir, este Tribunal observa:------------------
UNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos relacionada con el presente juicio y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación de los cónyuges, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos: GUSTAVO JAVIER OLIVAR Y DALIA MARGARITA MENDEZ V, por ante la Prefectura de la Parroquia Antonio NIcolas Briceño, Municipio San Rafael de Carvajal, Estado Trujillo, en fecha: 31 de Julio de 1998, anotado bajo el No. 17, del Libro de Registro Civil de Matrimonios. Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias certificadas que soliciten los interesados.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en Barquisimeto a los 11 días del mes de Noviembre del dos mil Ocho. AÑOS: 198° y 148°.
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario

Abg. Roger José Adán Cordero
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
El Sec. Acc.

OERL/mm


El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA, que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, que se encuentra inserta en el expediente Nro. KH03-F-2002-00072. Certificación que se expide a los 11 días del mes de Noviembre del año 2008. Años: 198º y 149º.
El Secretario


Abg. Roger José Adán Cordero






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

TRANSITO DEL ESTADO LARA



ASUNTO N° KH03-F-2002-72



SOLICITANTE: GUSTAVO JAVIER OLIVAR Y DALIA MARGARITA MENDEZ V.



SEPARACION DE CUERPOS



FECHA: 11/11/2008




Abg. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ











REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KH03-F-2002-000072

Oficio Nº: 2286

Ciudadano:
Jefatura Civil de la Parroquia Antonio Nicolás Briceño
Del Municipio San Rafael de Carvajal del Estado Trujillo
Su Despacho.-


Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de SEPARACION DE CUERPOS, intentado por los ciudadanos: GUSTAVO JAVIER OLIVAR Y DALIA MARGARITA MENDEZ V.; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
EL JUEZ



OERL/mm






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KH03-F-2002-000072

Oficio Nº: 2287

Ciudadano:
Registrador Principal del Estado Trujillo
Su Despacho.-


Adjunto al presente oficio remito a usted copia certificada de la sentencia dictada por este Tribunal en el juicio de SEPARACION DE CUERPOS, intentado por los ciudadanos: GUSTAVO JAVIER OLIVAR Y DALIA MARGARITA MENDEZ V.; a los fines de que se sirva estampar la nota marginal correspondiente.

DIOS Y FEDERACIÓN


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
EL JUEZ



OERL/mm