REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-V-2008-003650
Habida consideración que de la revisión exhaustiva realizada a la presente acción de DERECHO DE PASO O SERVIDUMBRE, intentada por el ciudadano RADIBUNDO JOSE MEJIAS PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 2.536.687, a través de su apoderado judicial abogado MANUEL RICARDO MENDOZA, de Inpreabogado No. 90.106, contra la ciudadana MARIA TIRZA AGUILAR DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.321.010, de este domicilio; se evidencia que el bien sobre el cual se solicita el derecho de paso está ubicado en el Caserío El Tamarindo, Municipio Cabudare, Distrito Palavecino (hoy Municipio Palavecino) Estado Lara, y está destinado a la producción de la caña de azúcar, lo cual encuadra a lo establecido en los artículos 201 y 212, ordinal 4° de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario como competencia de los Juzgados de Primera Instancia Agraria, en consecuencia este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y DECLINA la competencia al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 ejusdem, una vez quede firme la presente decisión, remítase el expediente al Juzgado Distribuidor con oficio. Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los once días de noviembre de dos mil ocho. Años 198° y 149°
La Juez Temporal
Keydis Yaraima Pérez Ojeda
La Secretaria
Eliana Gisela Hernández Silva
KYPO/maria elisa
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