REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-014638
Vista la solicitud que precede suscrita por la ciudadana JOSEFA RAFAELA BRRENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 26.861.611, de este domicilio, conforme lo cual manifiestan haber construido unas mejoras y bienhechurias sobre un terreno ejido que mide aproximadamente 129,22 mts. 2, que tiene un valor aproximado de OCHO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 8.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias; solicitan que se les declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurias antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana JOSEFA RAFAELA BRRENA, antes identificada sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: La avenida principal Franciso TAMAYO, CALLE 3, COMUNIDAD El NUEVO Despertar, Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: Con bienhechurias de Janette del Carmen Diaz Alvarez; SUR: Con la calle 3, que es su frente; ESTE: Con bienhechurias de Zulia Perez Mena, y OESTE: Con trasversal 1. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LMR/m. elena.