REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-013647


Vistas el presente acuerdo suscrito por ante este despacho relacionado con el acto conciliatorio en fecha 12-11-2008, por los ciudadanos DIRIAN DEL ROSARIO ROJAS CRESPO y YASMIL SIMON GRANADA, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 15.673.379 y 7.319.452, respectivamente, en beneficio del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA), de 05 años de edad, respectivamente; este Tribunal, le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho acuerdo las visitas de la siguiente manera:

Único: La ciudadana Dirian Del Rosario Rojas Crespo en este acto se compromete a traer cada 15 días a la ciudad de Barquisimeto al niño Abrahán Yasmil para que el ciudadano Yasmil Simón Granda comparta con su hijo del día viernes hasta el día domingo. Igualmente queda establecido que desde el día 16 al 27 de diciembre del presente año el niño estará junto a su padre.

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el convenio, entre los ciudadanos DIRIAN DEL ROSARIO ROJAS CRESPO y YASMIL SIMON GRANADA y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los veinticinco (25) días del mes de Noviembre de dos mil ocho (2008) . Años: 198° y 149°.
La Juez de Juicio Nº 01


Abg. Holanda Emilia Dam Hurtado
La Secretaria,
HEDH/yudith