REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

Barquisimeto 04 -11-2008
198° y 149°
ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR (desistida)

ASUNTO Nº KP02-L-2008-714

PARTE ACTORA: ROSA CAROLINA PARADAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.293.820.

ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: LISBELYS GOMEZ DE PEÑA, Procuradora de Trabajadores del Estado Lara, inscrita en el IPSA bajo el N° 102.135.

PARTE DEMANDADA: CHARCUTERIA EL KANGURO

MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS LABORALES

En el día hábil de hoy 04 de noviembre de dos mil ocho, siendo las 10:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, anunciado como fuere el acto por el alguacil Javier Torrealba, se deja constancia que ninguna de las partes compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.

La Juez


Abg. Alicia Figueroa Romero

La demandada,
La Secretaria,


El Alguacil