REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

Puerto Ordaz, 25 de noviembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : FP11-S-2008-000054

Vista la diligencia presentada por la ciudadana MELANY MARIA MONTILLA VILORIA, titular de la cédula de identidad nº 14.118.408, actuando como Representante Legal de la sociedad mercantil APLICACIONES TECNICAS INDUSTRIALES DEL SUR, C.A. (ATISUR, C.A.), debidamente asistida por la abogada EVA DIAZ REINA, inscrita en el IPSA bajo el nº 81.585, mediante la cual DESISTE de la Oferta Real de Pago, presentada a favor del ciudadano BIANCHETTO BRUNO, titular de la cédula de identidad nº 8.453.456, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte la Homologación correspondiente, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo del expediente a los fines de su seguridad y resguardo.

El Juez Sexto,


ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala,


ABG. MARJORIE GARCIA