REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Puerto Ordaz, diez (10) de Noviembre de 2008
198° y 149°
ASUNTO : FP11-L-2008-001377
PARTE ACTORA: CAIUDADANOS LISBETH VILLARROEL, LUIS ARENAS, LUIS MORENO, LUISA RODRIGUEZ, MANUELA PETIT, MARIANNY QUERALES, OMAR GÓMEZ, RAFAEL CURAPIACA, RAFAEL VIDEANX, RICHARD MARCANO, ROBERT ZAMORA, JAIRO VILLARROEL Y ANNALIZ PALMA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. 12.644.194.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanas ANAKARINA HERNANDEZ, CLAUDIA ALARCÓN Y ANAELIT NAVARRO, Abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 98.891, 121.298 y 121.698, respectivamente.
PARTE ACCIONADA: VENEAGUA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: SIN APODERADO JUDICIAL CONSTITUIDO EN AUTOS
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES.
ACTA DE DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de hoy, diez (10) de noviembre de 2008, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana(09:30a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la “INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR” en la causa signada con el Nº FP11-L-2007-001377, que por Sorteo Público Manual, de esta misma fecha fuera atribuida a este Juzgado de Mediación, tal como se evidencia en Acta Nº 133, levantada por la Coordinación Judicial del Trabajo, de este mismo Circuito Laboral que seguidamente se procede a agregada a los autos con el objeto de que se verifique la realización del sorteo y la fase del procedimiento en el presente juicio. Este Tribunal deja expresa constancia de la incomparecencia de ambas partes al llamado para la celebración de la Audiencia Preliminar, quienes no comparecen ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, información esta suministrada al Tribunal por el Alguacil JOSÉ ANGEL CARPIO, funcionario encargado de realizar el anuncio de ley a las puertas de este Circuito Judicial Laboral. En tal sentido, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en la presente causa, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en puerto Ordaz a los Diez (10) días del mes de noviembre de 2008, año 198º de la Independencia y 149º de la Federación. Se ordena el archivo del expediente una vez transcurrido los lapsos previstos en la Ley.-
LA JUEZ,
ABOG. DAISY LUNAR CARRIÓN
LA SECRETARIA,
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