REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve (09) de mayo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: KP02-L-2008-0177
PARTE ACTORA: OSCAR JOSE COLMENAREZ, titular de la cédula de identidad No. 7.921.829.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: ROSBELD M. ALVAREZ, en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el inpreabogado con el No. 92.463, Procurador Especial de Trabajadores en el Estado Lara.
PARTE DEMANDADA: SEGURIDAD LA GUADALUPE.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA VASQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 104.184.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, nueve (09) de mayo de dos mil ocho (2008) siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, concurrió por la parte demandada SEGURIDAD LA GUADALUPE, su apoderada judicial, abogada MARIA VASQUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 104.184, quien presenta Poder en Original y copia simple para que previa certificación sea agregado a los autos y devuelto su original. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Así mismo se deja constancia que compareció el abogado ROSBELD M. ALVAREZ, en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado con el No. 92.463, Procurador Especial de Trabajadores en el Estado Lara.-
La Juez
Abg. Marbi Sulay Castro Cuello

La Secretaria
Abg. Anniely Elías Corona

La Parte Demandada El Procurador de Trabajadores,