Vista la diligencia inserta al folio 25, suscrita por el ciudadana WILMA COROMOTO REINOSO COLMENARES , titular de la cédula de identidad N° 2.594.971, asistida por el abogado RAUL ARTURO GIMENEZ CARRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.426, donde DESISTE del presente asunto, en consecuencia; este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte LA HOMOLOGACION al DESISTIMIENTO, de conformidad con la norma contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Archívese el presente Expediente.-
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez.
La Secretaria, Suplente
Abg. Angie Coromoto Cordero Pérez.-
En la misma fecha se ARCHIVO el expediente.-
La SEC. Supl.
EXPEDIENTE N° 1035-08 CIVIL.
DEMANDADO: BENILDE CAMACHO.
DEMANDANTE: WILMA COROMOTO REINOSO COLMENARES..
MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO.
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