REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMÓN PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

Los Rastrojos, 08 de Mayo del 2008
Años: 198° y 149°.-

Exp. N° : 1127-06
Motivo : SOLICITUD DE OBLIGACION ALIMENTARIA
Solicitante : MIRIAN DEL CARMEN PEREZ MELENDEZ
Obligado : LUIS ALBERTO PINO MORENO.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y por cuanto se observa de las mismas, que el obligado de autos, ciudadano LUIS ALBERTO PINO MORENO, venezolano, titular de la C.I. N° 14.696.132, falleció el día 20-04-07, consecuencia de Fractura de cráneo, Traumatismo Craneano, generado por accidente de tránsito, lo cual se evidencia de la Copia Certificada del Acta de Defunción, cursante al folio 36, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia José Gregorio Bastidas del Municipio Palavecino del Estado Lara, suscrita por la Jefe Civil Abogada KATIUSKA DEL VALLE HERNANDEZ RIVAS; es por lo que este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DEL PROCESO, conforme al Artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto queda demostrado el fallecimiento del referido obligado. ASI SE DECLARA. Archívese el presente expediente y remítase en su oportunidad al archivo judicial. Líbrense oficios. Cúmplase.

El Juez


Abog. Antonio José Illarramendi
La Secretaria Temporal.,


Abog. Daliana C. Silva Jiménez.