REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2008-006979
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA PASTORA SEGOVIA LINAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.256.345, de este domicilio, mediante la cual solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, este Tribunal observa que dicha partida se encuentra inserta bajo el N° 188, folio s/n del Libro de Registro de Nacimientos llevados durante el año 1962 por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Autónomo Torres, pretensión ésta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Civil, corresponde su conocimiento a un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil de la localidad que corresponda la Parroquia o Municipio donde se extendió la partida; razón por la cual este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa en razón del territorio; siendo el competente para ello el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, con sede en Carora. En consecuencia, una vez precluya el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que se interponga el recurso de ley contra la presente decisión, se procederá a remitir la presente causa al mencionado Juzgado.-
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López El Secretario Accidental,

Abg. Roger Adán Cordero

ORL/mm