REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-V-2008-000989
Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada, ciudadano JUAN CARLOS BRITO, titular de la cedula de identidad Nº 13.787.478,Asistido por la Abogada Maria González, Inpreabogado Nº 114.888 en fecha 05/05/2008, en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO DE CONVENIO DE PAGO, intentado por el ciudadano LIBERIO BRITO titular de la cedula de identidad Nº 19.347.159; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. *ml*

El Juez,


Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.,


Abg. Roger Adán Cordero