REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-005861
Vista la solicitud presentada por la ciudadana JOHANA DEL CARMEN CARDENAS RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula Nº 14.649.088 , de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Cordero, Sector Agua Viva , Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara , Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que tiene una superficie de Trescientos Quinientos Cuarenta Metros Cuadrados (540 Mts. 2) ; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con la vía principal , SUR: Con terreno ocupado por la Familia Ollarte ; ESTE: Con terreno ocupado por la Familia Ortiz y OESTE: Con terreno ocupado por la Familia Cárdenas. Dichas bienhechurías consiste en una cerca de alambre de púa con estantillo de madera. El valor invertido es la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 5.000,00) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Leonilde Romero y Rosana Sanz de Zyla, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana JHOHANA DEL CARMEN CARDENAS RODRÍGUEZ , ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
LA SECRETARIA ACC
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/José
|