REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-017846
Rect. Act.
C.F.
La ciudadana MARZIE NAILETT ÁLVAREZ ÁLVAREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 10.762.833, de este domicilio, asistida por la abogada ROSA ELENA GIMÉNEZ R., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 39.379, solicitó la rectificación de su Acta de Matrimonio por cuanto aparece por error su segundo nombre como “MAITEH” siendo lo correcto “NAILETT”. Admitida la solicitud en fecha 01/11/07, se ordenó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara y la publicación de un edicto (f. 011). En fecha 07/11/2007, se dio por notificado el Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (f. 14). En fecha 29/04/2008 diligencio la abogada Rosa Elena Giménez, consignado el edicto. Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Con los documentos acompañados, los cuales se aprecian de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, éste Tribunal considera que se encuentra demostrado el error alegado, por lo que de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, se estima procedente la presente Rectificación de Acta de Matrimonio y así se declara.
Por los razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Matrimonio presentada por la ciudadana MARZIE NAILETT ÁLVAREZ ÁLVAREZ, supra identificada. SE ORDENA a la Jefatura Civil de la Parroquia catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en el Acta de Matrimonio asentada bajo el N° 561, folio 342 fte. de fecha 08/11/1996, en el sentido que aparezca su verdadero nombre como “NAILETT” y no “MAITEH”. Expídase copia certificada de la sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los veintidós (22) días del mes de mayo de dos mil ocho. AÑOS: 198° y 149°.
La Juez
Mariluz Josefina Perez
La Secretaria Acc,
Eliana Hernández Silva
MJP/dmg
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