REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-003551

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARITZA ESPERANZA SEGURA CAMACARO , venezolana, mayor de edad titular de la cédula N° 7.424.747, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en El Sector Macario González, Caserío La Sibucara , Parroquia Juárez , Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que tiene una superficie de CIENTO VEINTE METROS CUADRADOS (120 Mts 2) ; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terrenos ocupados por Alicia Rodríguez . SUR: Con calle principal, que es su frente ; ESTE: Con calle transversal y OESTE: Con terrenos ocupados por Silvio Hernández . Una bienhechuria consistente en: una (1) habitación construida con paredes de zinc, techo de zinc, piso de tierra. El valor invertido es la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 2.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos Elizabeth García Y Maria Gutiérrez , éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana MARITZA ESPERANZA SEGURA CAMACARO , ya identificada en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ



MARILUZ JOSEFINA PÉREZ




LA SECRETARIA ACC



ELIANA HERNANDEZ SILVA







MJP/José