REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-001189
La Ciudadana ELISABETTA LAURETTA PIOVESAN TUMIOTTO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 4.738.458, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figuran los siguientes errores: 1) En la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren se escribió en forma incorrecta el nombre de su padre como ALDON PIOVESAN, siendo lo correcto “ALDO PIOVESAN BASEI”; al identificar a su madre, aparece como LINA TUMIOTTO DE PIOVESA, siendo lo correcto “LINA TUMIOTTO DE PIOVESAN”; 2) En el acta inserta en el libro de Registro Principal del Estado Lara aparece escrito el nombre de su padre como ALDO PIOVENSAN BOSSI, siendo lo correcto “ALDO PIOVESAN BASEI” y aparece escrito su nombre como ELISABTHA LAURETT siendo lo correcto “ELISABETTA LAURETTA”. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, han quedado comprobados los errores señalados, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figuren las correcciones arriba indicadas.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la PARTIDA DE NACIMIENTO, inserta bajo el N° 2937, folio 28 vto., año 1954. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídanse copias certificadas de la presente sentencia.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los cinco días del mes de Mayo de dos mil ocho. Años 198º y 149º.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. HAROLD R. PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/ij.-
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-
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