REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-V-2007-003461
Visto el DESISTIMIENTO del procedimiento, presentada por la abogado ANA MARIA DESTRO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 62.104, en su carácter de Apoderada Judicial de JOSE PIRES CAPAO, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil ESTACION DE SERVICIO SANTA ELENA, en el juicio por DESALOJO, intentado por la ciudadana ANA MARIA DESTRO contra la Firma Mercantil FRIGORIFICO BARSOKE GRILL, C.A., representado por su Presidente Rodrigo Antonio López Rivera; el Tribunal le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara terminado el presente juicio. Archívese el expediente en su oportunidad.
El Juez
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria
Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/ij.
La suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito del Estado Lara CERTIFICA la exactitud de la anterior
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