REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP00-S-2007-022029

La ciudadana MARIA DE LA CONCEPCION GIMENEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.387.701, y con domicilio en la ciudad de Barquisimeto, presentó escrito donde solicita RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error involuntario asentaron el nombre de su madre como: “CARMEN RAMONA”, siendo su nombre correcto: “RAMONA”.- La solicitud se admitió a sustanciación, y se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana MARIA DE LA CONCEPCION GIMENEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.387.701, y con domicilio en la ciudad de Barquisimeto, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su madre como: “RAMONA”.- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Morán del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 1302, folio 260fte, de fecha 04 de Abril del año 1956. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Catorce (14) días del mes de Mayo de dos mil Ocho. Años. 198º y 149º.-


El Juez., La Secretaria.,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.
Publicada a la fecha.
HRPB/LAAE/jysp.-