REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Ejecución Nº 4
Barquisimeto, 6 de mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO: KP01-P-2002-000617
Revisado el presente asunto, este tribunal de Ejecución Nº 4, a los fines de poder decidir sobre las solicitudes de las partes, acuerda ratificar oficio Nº 5533 librado a la unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de que remitan con carácter de urgencia el informe técnico practicado al penado José Luis Ereú Cañizalez. De igual manera se ordena notificar al penado que para optar a la gracia de confinamiento, deberá consignar constancia de residencia y carta de buena conducta y que para optar al resto de las formas alternativas de cumplimiento de la pena, deberá consignar oferta de trabajo actualizada. Cúmplase.
La Juez
El Secretario
Abog. Leila-Ly De Jesús Ziccarelli De Figarelli