REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, de mayo de 2008.
198º y 149°

Por recibido como ha sido el presente procedente del Juzgado Cuarto de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en virtud de la sentencia dictada por ese Tribunal en fecha 18-04-2008, mediante la cual se declaró INCOMPETENTE POR LA CUANTIA, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia, se ordena emplazar a la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA PETARE, S.R.L., (DISTARE), inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda (hoy Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del estado Miranda), en fecha 23-07-1976, bajo el Nº 40, Tomo 76-A-2do, expediente Nº 81122, en la persona de su Administrador ciudadano ANNUNZIATO CALANDRIELLO, italiano, mayor de edad, de este domicilio y titular de las cédula de identidad Nº E-81.206.897, para que comparezca por ante este Tribunal, al segundo día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m., y las 3:30 p.m., para que dé contestación a la demanda, que sigue en contra de su representada la sociedad mercantil INVERSIONES LANZA MIRAFIORI C.A., por DESALOJO. Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y, hágase entrega de la misma al alguacil de este Tribunal para que practique la citación ordenada, una vez que la parte interesada suministre los fotostatos correspondientes.
La Juez
Dra. Maria Rosa Martínez C.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Exp. N° 45494