ASUNTO: FP02-V-2006-000896
RESOLUCIÓN N° PJ0212008000555

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Vista la diligencia de fecha 26 de Marzo de 2008, suscrita por la DRA. GRACIELA MARCANO D EOXFORD, en su carácter de Defensora Publica Primera, en representación de los hermanos DUERTO SALAZAR, este Tribunal tomando en consideración que existe riesgo de manifiesto de que el obligado deje de pagar las mensualidades atrasados, tal como lo establecen los artículos 381 y 512 de la L.O.N.N.A., este Tribunal decreta embargo ejecutivo sobre las prestaciones sociales que puedan correspóndele al ciudadano: JHONNY JESUS DUERTO MENDOZA, titular de la cedula de identidad N° 15.252.060, por la prestación de sus servicios en la empresa MONACA. C.A, hasta alcanzar 36 mensualidades que puedan correspóndele al obligado JHONNY JESUS DUERTO MENDOZA, en la referida empresa por el monto de TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) de un salario mínimo, el cual esta establecido actualmente en SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CENTIMOS (Bs. 799,22) y que llevado en porcentaje a bolívares da un total de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTIMOS ( 263,73), En consecuencia, al momento de realizar las referidas retenciones sobre las prestaciones sociales en caso de extinción de la relación laboral por cualquier causa o motivo, deberá usted, tomar en cuenta el monto del salario mínimo urbano establecido por el Ejecutivo Nacional en esa oportunidad, multiplicado por el porcentaje mensual fijado como Obligación de Manutención, el cual es del TREINTA Y TRES POR CIENTO (33 %) y el total que resulte, será el monto mensual en bolívares, que deberá multiplicarse por Treinta y seis (36), correspondiente a las Treinta y Seis mensualidades adelantadas sobre las prestaciones sociales, las cuales deben ser retenidas y remitidas en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal, a la dirección de esta sede. Cúmplase, Librese el respectivo oficio y Déjese constancia en el Libro Diario.

EL JUEZ DE PROTECCIÓN N° 01

DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ

LA SECRETARIA DE SALA

DRA. MARTA TORRES AROCHA.

La Asistente
Yeniulys Arévalo