REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años: 197º y 148º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2007-002333
PARTE DEMANDANTE: CARLOS LUIS MENDOZA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.881.952.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: NOLBERTO LISCANO, MARIA VERÓNICA ALDANA y JEAN CARLOS FARIÑA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 102.439, 114.822 y 108.980, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: MERCANTIL DAVID.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy 03 de marzo de 2008 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma; ni la parte actora CARLOS LUIS MENDOZA JIMÉNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.881.952; ni la parte demandada MERCANTIL DAVID hicieron acto de presencia ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Juez,
Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria,
Abg. Jennys L. Nieto Sánchez
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