REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.


ASUNTO: KP02-L-2007-001332

PARTE ACTORA: YSRAEL JOSE CALDERA, HERMES ALFREDO SANCHEZ ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.004.326 Y 13.503.487 respectivamente.

ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: CARLOS GONZALEZ, IPSA Nro.71.777.

PARTE DEMANDADA: PROYECTOS E INVERSIONES M.V. C.A.

ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JONATHAN GUZMAN, IPSA Nro. 90.848

PARTE CO-DEMANDADA: COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A.

ABOGADOS DE LA PARTE CO-DEMANDADA: NELSON TORRES Y MARIELA YANEZ, IPSA Nro. 5.328 Y 26.835 respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 07 de Marzo de 2008 siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.) día y hora fijado para que tenga lugar prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece la parte actora el abogado CARLOS GONZALEZ, IPSA Nro.71.777, apoderado judicial de los ciudadanos YSRAEL JOSE CALDERA, HERMES ALFREDO SANCHEZ ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.004.326 Y 13.503.487 respectivamente y por la parte demandada PROYECTOS E INVERSIONES M.V. C.A., el abogado JONATHAN GUZMAN, IPSA Nro. 90.848, quien presenta poder en original y copia para que sea agregado a los autos, previa certificación y por la co-demandada COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A., los abogados NELSON TORRES Y MARIELA YANEZ, IPSA Nro. 5.328 Y 26.835 respectivamente quienes presentan poder en original y copia para que sea agregado a los autos, previa certificación. Iniciada la Audiencia Preliminar las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y exponen:

PRIMERO La representación judicial de la parte co-demandada PROYECTOS E INVERSIONES M.V. C.A. en su carácter de único patrono de los demandantes, toma la palabra y expone: A fin de poner término a la presente causa ofrezco pagar a los ex trabajadores la cantidad de CUATRO MIL DE BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 4.000,oo) que serán pagados de la siguiente manera:
• DOS MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.000,00) para el ciudadano HERMES ALFREDO SANCHEZ y,
• DOS MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 2.000,00) para el ciudadano ISRAEL JOSE CALDERA.
Ambas sumas serán pagadas el día JUEVES TRECE (13) DE MARZO de 2008, por ante la U.R.D.D. Civil.

SEGUNDO: Seguidamente toma la palabra la representación del actor y expone: “Con el propósito de dar por terminado el presente asunto acepto en nombre de mis representados el planteamiento de la parte accionada PROYECTOS E INVERSIONES M.V. C.A., por lo que. En consecuencia, acepto el monto y la forma de pago ofrecida en este acto de CUATRO MIL DE BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs. F. 4.000,oo), con lo cual las co-demandadas, ni sus directores, accionistas, apoderados, administradores, contratistas ni conexos, nada adeudan a mis representados, cantidad alguna por los conceptos expresados en la presente demanda.

TERCERO: En este acto se deja constancia de la devolución de las pruebas presentadas por las partes.

CUARTO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de el trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.Se ordena el archivo del expediente una vez conste en autos el pago acordado en este acto. Emítase copias a las partes.

La Juez

Abg. Nahir Giménez Peraza
El Secretario

Abg. Joanny José García


Parte Demandante Por COCACOLA FEMSA S.A.



Por PROYECTOS E INVERSIONES M.V. C.A.