REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

A las 9:26 a.m., se trasladó este Juzgado a la Avenida 20, entre calles 38 y 39, inmueble sin número, sede de la empresa Contrucciones y Proyectos 4742, C.A., Barquisimeto, Estado Lara, acompañados del Abogado actor Greddy Rosas, Inpre 119.372, Daniel Gómez, representante de la Depositaria Judicial Yacambú C.A y Lenin Bastardo, designados y juramentados Depositario y Perito, respectivamente. Impuestos del acto Vicente Daza y Ibahim Gómez, C.I 16.956.343 y C.I 7.359.700, respectivamente. El actor señaló bienes para su embargo hasta por Bs 5.010,00. Presente el ciudadano José Alvarez, asistido de la Abogada Yeluth Alvarez, Inpre 38.132, presidente de Altomaca, C.A. hizo oposición reservándose el derecho de formalizar ante el comitente. El Tribunal declaró el embargo preventivo de los bienes señalados, los deposesionó jurídicamente del patrimonio de la demandada y dejados bajo la custodia del oponente a solicitud del actor, quien se reservó el derecho de seguir embargando. A las 1:15 p.m. terminó el acto.