REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-019768

Vista la solicitud presentada por la ciudadana NEMECIA DEL CARMEN ZULVARAN DE CHIRINOS, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 11.260.618, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el Barrio Colina de la Democracia , callejón ciego, Bobare, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, que tiene una superficie de 260,40 Mts2; alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con terreno ocupado por Fautino Gimenez SUR: Con calle Ciega que es su frente. ESTE: Con terreno ocupado por Aura Navas y OESTE: Con terreno ocupado por Pedro Sánchez. Dichas bienhechurías consiste en una fundación con machones y cabilla parada, una cerca perimetral de alambre de púas y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.000,00) [Bs. F. 3.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos ENMA CHIRINOS Y FERNANDO ALIVAREZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de la ciudadana NEMECIA DEL CARMEN ZULVARAN DE CHIRINOS, ya identificado en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ


MARILUZ JOSEFINA PEREZ



LA SECRETARIA ACC.

ELIANA HERNANDEZ SILVA

MJP/Milagro.