REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiseis de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-001946
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ALIDA ROSA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 12.242.133, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el caserío La Puerta de Bobare, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de 15 mts de largo por 20 mts de fondo; alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con terrenos ocupados por Goryen Túa; SUR: Terrenos de Rosa Silva; ESTE: Terrenos ocupados por el Sr. Sergio Baron; OESTE: Terrenos del Jorge Josaiqui. Dichas bienhechurías están constituidas por una cerca de alambre con estantillos de madera, con un área de construcción de 73,96 Mts.2. El valor invertido es la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 600,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos JOSE ROMERO y ELIZABETH GARCIA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana ALIDA ROSA SANCHEZ, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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